Alquileres en 2026: pagas impuesto solo por lo que cobras
Desde el 1 de enero de 2026, quienes alquilan inmuebles pagan el Impuesto a la Renta de primera categoría sobre la renta efectivamente cobrada. Si tu inquilino no pagó, no pagas impuesto por ese mes.
- Ley 32430
- Vigente desde 2026
- Tasa efectiva 5%
¿Qué cambió con la Ley 32430?
Antes, la renta de alquiler se imputaba por el criterio de lo devengado: el propietario pagaba el impuesto aunque el inquilino no hubiera pagado. Con la Ley 32430 se aplica el criterio de lo percibido: la renta se reconoce cuando está a disposición del propietario.
La tasa efectiva se mantiene en 5% de la renta bruta (6.25% sobre la renta neta, luego de deducir 20%).
Ejemplo práctico
| Mes | Alquiler pactado | Cobrado | Impuesto (5%) |
|---|---|---|---|
| Julio | S/ 2,000 | S/ 2,000 | S/ 100 |
| Agosto | S/ 2,000 | S/ 0 | S/ 0 |
| Septiembre | S/ 2,000 | S/ 4,000 (incluye agosto) | S/ 200 |
Cómo sustentar lo cobrado
- Cobra por transferencia bancaria o depósito para tener constancia.
- Guarda los recibos o constancias de pago de cada mes.
- Si alquilas a una empresa, verifica cómo sustenta su gasto (Formulario 1683 o comprobante).
- Consulta la deducción de 3 UIT: tu inquilino persona natural también puede deducir el 30% del alquiler.
Criterio de lo percibido: resumen y recomendaciones

En resumen, criterio de lo percibido es un tema que conviene revisar con calma y aplicar paso a paso en tu negocio.
Mantener tu información tributaria en orden no depende solo de conocer las normas: también requiere hábitos simples que puedes aplicar cada semana en tu negocio.
Revisa que los datos de tus clientes estén completos antes de emitir cualquier comprobante. Un número de documento mal digitado o una dirección incompleta suele generar correcciones que consumen tiempo y pueden terminar en notas de crédito innecesarias.
Si tienes dudas sobre criterio de lo percibido, escríbenos por WhatsApp y un asesor de CPESUNAT te orienta sin costo.
Programa en tu calendario las fechas de vencimiento según el último dígito de tu RUC y prepara la información con algunos días de anticipación. Así evitas presentar declaraciones a última hora, cuando es más fácil cometer errores.
Guarda de forma ordenada los archivos de respaldo de tus ventas y compras. Tenerlos a la mano facilita responder cualquier requerimiento, conciliar tus registros con tu contador y revisar el historial de un cliente cuando lo necesites.
Guarda esta guía sobre criterio de lo percibido como referencia para tu equipo y para tu contador.
Si trabajas con un contador externo, compártele un reporte mensual con el resumen de tus operaciones. La comunicación constante reduce las diferencias entre lo que registras y lo que se declara.
Por último, capacita a las personas que emiten comprobantes en tu negocio. Unos minutos de práctica con casos reales, como anulaciones o descuentos, previenen la mayoría de errores del día a día.
Con CPESUNAT, todo lo relacionado con criterio de lo percibido queda más ordenado dentro de tu sistema de facturación.
Otro punto que conviene cuidar es la conciliación entre lo que vendes y lo que cobras. Compara al cierre de cada semana tus ventas registradas con los depósitos en tus cuentas y con los pagos recibidos por billeteras digitales.
Cuando detectes una diferencia, corrígela lo antes posible y deja una nota que explique el motivo. Este registro simple te ayudará a sustentar tus operaciones si más adelante necesitas revisarlas.
Aplicar bien lo relacionado con criterio de lo percibido te ayuda a evitar observaciones, rechazos y multas.
También es recomendable revisar tus compras: verifica que tus proveedores estén activos y habidos, que los comprobantes recibidos tengan los datos correctos y que los montos coincidan con lo que realmente pagaste.
Para el control de inventario, registra entradas y salidas en el momento en que ocurren. Un stock actualizado te permite saber qué productos reponer, detectar faltantes a tiempo y tomar mejores decisiones de compra.
Actualizamos este contenido sobre criterio de lo percibido cada vez que SUNAT publica cambios en la normativa.
Finalmente, reserva un momento al mes para revisar los indicadores de tu negocio: ventas por día, productos más vendidos, gastos principales y margen. Con esa información podrás planificar el siguiente mes con más seguridad.
Antes de tomar decisiones importantes, consulta siempre la normativa vigente en el portal oficial de SUNAT o apóyate en un especialista.
Preguntas frecuentes
¿Desde cuándo aplica?
Desde el 1 de enero de 2026.
¿Cambió la tasa?
No, la tasa efectiva sigue siendo 5% de la renta bruta.
¿Qué pasa si el inquilino me paga meses atrasados?
Pagas el impuesto en el mes en que efectivamente cobras.
Recursos relacionados
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